HIJOS DE CIUDADANOS AMERICANOS NACIDOS FUERA DE LOS ESTADOS UNIDOS
Un hijo nacido fuera de los Estados Unidos puede adquirir la ciudadanía estadounidense a través de uno o ambos padres ciudadanos estadounidenses, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes a su situación particular.
Dependiendo de las circunstancias, la ciudadanía puede adquirirse desde el momento del nacimiento o, en determinados casos, después del nacimiento y antes de cumplir los 18 años.
Factores que pueden determinar la elegibilidad
La posibilidad de adquirir la ciudadanía estadounidense puede depender de varios factores, entre ellos:
- La fecha de nacimiento del hijo.
- Si uno o ambos padres eran ciudadanos estadounidenses al momento del nacimiento.
- El tiempo de presencia física o residencia del padre o madre ciudadano estadounidense en los Estados Unidos antes del nacimiento del hijo.
- El estado civil de los padres al momento del nacimiento.
- La relación legal y biológica entre el hijo y el padre o madre ciudadano estadounidense.
- Las circunstancias aplicables cuando el hijo nació fuera del matrimonio.
- La residencia y custodia legal y física del menor, cuando corresponda.
- La adopción legal, en los casos aplicables.
- La edad del hijo al momento de cumplir con los requisitos correspondientes.
Cada situación es diferente
Tener un padre o madre ciudadano estadounidense no significa automáticamente que todo hijo nacido fuera de los Estados Unidos adquiera la ciudadanía estadounidense.
Los requisitos pueden variar según la fecha de nacimiento, las circunstancias familiares, la forma en que el padre o madre adquirió la ciudadanía estadounidense y el tiempo que haya estado físicamente presente en los Estados Unidos.
Por esta razón, es importante determinar si la ciudadanía fue adquirida al momento del nacimiento o si puede ser adquirida después del nacimiento, ya que los requisitos y procedimientos pueden ser diferentes en cada situación.

